Impuesto de Sucesiones y Donaciones al heredar un piso o casa en Sevilla

Importante destacar que es un impuesto que debemos afrontar en el momento de aceptar una herencia, así como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), o como comúnmente se le llama, “La Plusvalía”.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es de carácter estatal, aunque en la mayoría del territorio nacional, como es el caso de Andalucía, está cedida su competencia a las comunidades.

Tras la última modificación del impuesto, la novedad es que existe una rebaja fiscal del 99 por ciento, beneficiando en su mayoría a las sucesiones de padres a hijos, es decir, todas aquellas personas que reciban herencias de casa o piso en Sevilla o cualquier otra provincia andaluza pasará a pagar el 1 por ciento por este tributo. De esta forma, en Andalucía se produce una considerable rebaja al ser comparada con el anterior impuesto vigente.

Es imprescindible, si acaba de heredar un piso o casa en Sevilla, acudir al asesoramiento de profesionales especialista para tramitar toda la documentación necesaria. Unos trámites que necesariamente hay que realizar de acuerdo a la ley vigente y que siempre son recomendables realizar lo antes posible, ya que se podría estar pagando de más, pasarse los plazos establecidos e, incluso, vulnerar los propios derechos si no se está realizando adecuadamente el proceso.

Desde Sevilla 2000 queremos tenderles la mano para que confíen en nosotros en estas gestiones y del mismo modo asesorarles en todo lo que necesiten.

Para más información, consulte nuestra web www.sevilla-2000.com o llámenos al teléfono 955 51 33 00.