CIRCULAR IMPORTANTE: Este 14 de septiembre de 2023 acaba de entrar en vigor la ayuda en forma de aval del 15 % de la hipoteca para financiar la compra de viviendas para menores de 36 años en Andalucía.

Puedes informarte en:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/
vivienda-rehabilitacion/programa-garantia-vivienda-joven.html

No obstante, aquí te hacemos un completo RESUMEN:

Importe de la Hipoteca:
Hasta el 95 % del menor de los valores, del de compra o de tasación.

Requisitos:

  • Ser menor de 36 años.
  • Estar empadronados en Andalucía.
  • Que sea su Primera Vivienda.
  • Dedicar la vivienda a vivienda habitual al menos durante los siguientes dos años.
  • Precio máximo de la vivienda 295.240 €. Ampliable en su caso.
  • No tener ninguna vivienda en propiedad en España.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad
    Social.

Donde se solicita:

  • En los bancos colaboradores.
    Las personas solicitantes deben dirigirse a su entidad para aportar su documentación
    Bancos colaboradores:
  • Caixabank – Cajamar – Cajasur – Caja Rural de Granada – Caja Rural del Sur – Ibercaja – Santander – Unicaja

Tipos de Vivienda: (En Andalucía)

  • Vivienda Libre – VPO – Nueva construcción – Segunda Mano.

Documentación necesaria:

  • DNI de todos los solicitantes.
  • Empadronamiento o solicitud del mismo.
  • Certificado negativo catastral y nota simple del Registro de la Propiedad por el que quede
    constancia de que no tienen otra vivienda.
  • Contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa del inmueble.
  • Si es una vivienda de VPO, autorización de compraventa por parte de la Junta.
    Plazos.
  • Por parte de las entidades Bancarias, el que estimen necesario para pre-autorizar la financiación.
  • Por parte de la Junta de Andalucía, hasta 3 Meses después de la solicitud por parte del banco que lo tramite.
  • En el caso de viviendas VPO, sumar los plazos previos de autorización por parte de la Junta de Andalucía.

Notas:
Las entidades financieras NO están obligadas a conceder el préstamo y se reservan el derecho de
autorizar o no dichas hipotecas y en las condiciones económicas que pacten con los clientes.

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